Preguntas Frecuentes del DPI

1. ¿Cuál es valor del DPI?

      • Sustitución de la Cedula de Vecindad, Gratuito.
      • Nuevos Ciudadanos (los que cumplen 18 años) Q50.00
      • Reposición o renovación Q50.00

2. ¿Qué información tiene el DPI?

      • Al frente:
        • Código único de identificación (CUI)
        • Nombres y apellidos completos
        • Género
        • Nacionalidad
        • Fecha de Nacimiento
        • Fecha de emisión del documento
        • Cantidad de reposiciones
        • Foto
        • Firma
      • Al reverso:
        • Lugar de Nacimiento
        • Departamento y municipio de vecindad
        • Número de cédula
        • Lugar de extensión de la cédula
        • Estado civil
        • Fecha de vencimiento
        • Libro, Folio y Partida del Nacimiento
        • Limitaciones Físicas (opcional)
        • Número de serie del documento
        • MRZ

3. ¿Qué es el Documento Personal de Identificación –DPI-?

      • El Documento Personal de Identificación -DPI- será el único documento legal y oficial de identificación del ciudadano para todos los actos civiles, administrativos, legales y en general, para todos los actos en que, por ley, la persona deba identificarse.

4. ¿Cómo Obtenemos el DPI?

      • Para los nuevos ciudadanos:
        • Presentarse a la sede del RENAP más cercana con su boleto de Ornato y recibo de pago Q50.00
      • Para sustituir la cedula de Vecindad:
        • Boleto de ornato
        • Cedula de Vecindad y
        • Fotocopia de la misma,
        • si no tiene Cédula de Vecindad presentar constancia de asiento de Cédula.

5. ¿Es obligatorio obtener el DPI?

      • El DPI es obligatorio para tosas las personas que sean mayores de 18 años de edad.

6. ¿A dónde ir para Obtener el DPI? 

      • A cualquier sede de Renap.

7. ¿Cuándo se debe sustituir la Cédula por el DPI?

      • A partir del 1 de Agosto del 2009 se hará el proceso de convocatoria en base al tipo de municipio, para las cabeceras departamentales y municipios grandes, se hará por mes de cumpleaños y para los municipios pequeños tipo 1 a 3 se hará por comunidad o aldea.
      • Espere la convocatoria correspondiente a su comunidad.

8. ¿Los menores de edad también deben tener DPI?

      • Si, a partir del 1 de enero de 2011.

9. ¿En cuánto tiempo entregan el DPI?

      • En un plazo de 15 días hábiles, si la información es verificada correctamente en el Registro Civil, si la información no coincide o la partida de nacimiento está deteriorada, alterada o libro quemado puede tardar más tiempo.

10. ¿Se puede conservar la Cédula de Vecindad después de Obtener el DPI?

      • Si.

11. ¿El DPI tendrá el mismo número que se tenía en la Cédula de Vecindad?

      • No, el número que tendrá será el código único de identificación -CUI-

12. ¿Qué pasa si no se sustituye la Cédula en plazo que se indica?

      • Los ciudadanos no contaran con el documento oficial de identificación hasta no realizar el trámite en las oficinas de Renap, la cedula deja de tener vigencia o validez el 01 de enero de 2011.

13. Donde saco mi DPI ¿En el municipio donde se nace o en el que vivo actualmente?

      • En cualquier Sede de Renap cerca de su domicilio.

14. ¿Necesito llenar algún formulario?

      • No.

15. ¿Qué debo llevar para recoger mi DPI?

      • Constancia de solicitud entregada al realizar su enrolamiento.
      • La entrega es personal porque se verificaran las huellas digitales.

16. ¿Cuál es el procedimiento para obtener el DPI?

      • Si es nuevo ciudadano (es decir acaba de cumplir 18 años) presentar boleto de ornato y recibo de pago Q.50.00.
      • Si va a sustituir su cédula de vecindad, cédula en original, fotocopia de cédula y boleto de ornato.
      • En Renap toman y registran su fotografía, huellas digitales y firma
      • Verifican la Información del Ciudadano y la confrontan con los datos que posee.
      • Si la información es correcta (en el Registro Civil), se envía al centro de impresión.
      • El DPI será entregado en 15 días hábiles aproximadamente.

17. ¿Qué tipos de DPI se emitirán?

      • Para mayores de Edad (azul con blanco),
      • Menores de Edad (verde con blanco) y
      • Extranjeros domiciliados (rojo con blanco).

18. ¿La sustitución de Cedula de Vecindad por el DPI tiene algún costo?

      • No tiene ningún costo, es gratuita.

19. ¿Puede ir a recoger el DPI otra persona que no se el titular?

      • No, el DPI será entregado solo al titular ya que tienen que verificar sus huellas digitales.

20. ¿Qué pasa si tengo 19 años y no he sacado mi Cedula de Vecindad?

      • Después de los 18 años tienen 2 años para solicitar su DPI normalmente, después de este tiempo (cumplidos 20 años o mas) deben presentar una declaración jurada ante notario, boleto de ornato y recibo de pago.

21. Qué  pasa si perdí mi Cedula de Vecindad. ¿Qué debo de hacer y que documentos debo de presentar?

      • Presentar constancia de asiento de cedula,
      • denuncia ante la autoridad competente y
      • boleto de ornato.

Para cualquier consulta visitar la pagina: 

Página de RENAP: http://www.renap.gob.gt

RENAP- OFICINAS CENTRALES- Avenida Reforma 2-18 zona 9, edificio Cortijo Reforma, 1ro. y 2do. nivel, Guatemala, Guatemala, C.A. - PBX: +502.24161900 – Call Center-1516

OBSERVACION: Ampliando la información anterior, pueden  acercarse a la Oficina del RENAP, más cercano a su domicilio.